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Si con 16 o 17 años puedo trabajar, casarme y tener relaciones sexuales con adultos, ¿Porque tengo que pedir autorización a mis padres para abortar?

Como venimos defendiendo los/las profesionales que estamos en contacto directo con mujeres que deciden aborta, por diversos motivos, la medida que propone el gobierno abocará a algunas menores a un aborto clandestino o a una maternidad impuesta y no deseada. Los/as profesionales de Ginesur creemos que es una  medida completamente innecesaria y contraproducente.

Sabemos que son muy pocas las mujeres de esta edad que no pueden comunicar a sus progenitores la decisión y  no lo pueden hacer por dos grandes motivos: o están en desamparo o inmersas en una familia donde la forma de comunicación es la violencia. Como defiende el siguiente artículo la mayoría sanitaria actualmente, es decir, a partir de qué edad las personas pueden decidir sobre su salud, está en 16 años. Cualquier mujer a partir de los 16 años no necesita del consentimiento de sus progenitores para realizarse cualquier intervención quirúrgica, o someterse a un tratamiento agresivo, como por ejemplo la quimioterapia o negarse a someterse a él. Sin embargo la modificación de la ley pretende negar la posibilidad de decidir sobre algo tan importante para la salud y la vida de las mujeres, como ser o no ser madre.

Resulta paradójico que con esa edad se puedan tener relaciones sexuales, casarse, trabajar, emanciparse, emigrar a otro país manteniendo económicamente a la familia en el lugar de origen etc;  y no poder decidir abortar o no en caso de que se produzca un embarazo imprevisto y no deseado.

 

Reseña sobre el artículo publicado en EL PAIS:

Cosas que puedes hacer a los 16 años (y ninguna es abortar sin consentimiento paterno)

La reforma de la ley del aborto llega a su último trámite parlamentario en el Congreso de los Diputados. Tras la dimisión de Alberto Ruiz Gallardón, exministro de Justicia, del proyecto que pretendía que la interrupción del embarazo dejara se ser un derecho de la mujer en las primeras 14 semanas -los plazos que determinó la norma de 2010- y volviera a ser un delito despenalizado en cierto supuestos, como en 1985, solo queda una prohibición: las mujeres de 16 y 17 años que quieran abortar deberán contar con permiso paterno. En caso de conflicto familiar grave, un juez decidirá a quién da la razón, si a la joven o a sus padres.

Con la aprobación de esta reforma, las menores de 18 años podrán trabajar, sacarse el carné de moto, pero no abortar. Estas son algunas de las alternativas una chica de 16 o 17 años tiene en España sin pedirle permiso primero a sus padres.

1. Trabajar: A partir de los 16 años, los menores pueden tener un contrato laboral ‘normal’ de 40 horas y adquieren todos los derechos y deberes de los trabajadores. Es decir, están sujetos a todo tipo de retenciones y cotizan como uno más a la Seguridad Social.

2. Tener relaciones sexuales con adultos: La reforma del Código Penalplanteada por el Gobierno cambia el mínimo de edad para mantener relaciones sexuales consentidas con un adulto de los 13 a los 16 años.

3. Contraer matrimonio: La edad legal para poder casarse sin necesitar el consentimiento paterno son los 18 años. Ahora bien, a partir de los 16 es posible contraer matrimonio si solicitan la emancipación.

4. Tener responsabilidad ante la justicia: A los menores de edad se les aplican normas penales específicas y también les juzgan tribunales específicos. Pero de los hechos cometidos entre los 14 y los 18 años también se derivan responsabilidades penales. En estos casos, los tribunales específicos serán los encargados de determinar qué medidas se le administran al menor, como mandarlo a centros de internamiento pero nunca a centros penitenciarios.

5. Conducir motos: A los 14 años es posible obtener la licencia de conducción para ciclomotores. Para conducir motocicletas de hasta 125 cc si se obtiene el permiso A1 hay que tener 16 años desde 2010. Los coches tienen que esperar hasta los 18 años.

6. Dar el consentimiento para cualquier operación quirúrgica: La Ley de Autonomía del Paciente establece la mayoría de edad sanitaria en 16 años, por lo que el menor no necesita autorización legal para someterse o rechazar tratamientos. Hay tres excepciones: aborto, reproducción asistida y participar en ensayos clínicos.

7. Utilizar un arma de caza o deportiva: El artículo 109 del real Decreto 137/1993 del 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas, establece que el uso de armas de categoría 3.2. para la caza está restringido a los mayores de 16 años y menores de 18 años, siempre que se encuentren en posesión legal de una autorización especial de uso de armas para menores y vayan acompañados de personas mayores de edad con licencia de armas, que no tienen por qué ser sus padres.